Casi todos los colegios colombianos usan la escala de 1.0 a 5.0. Casi todos creen que es obligatoria. No lo es —y entender por qué cambia lo que le tienes que exigir a tu plataforma.
El artículo 5 del Decreto 1290 dice que cada establecimiento define y adopta su propia escala. La única obligación es que esa escala exprese su equivalencia con la escala nacional de cuatro niveles, y el decreto explica para qué: «para facilitar la movilidad de los estudiantes entre establecimientos educativos». La escala nacional existe como idioma común entre colegios, no como camisa de fuerza.
Los cuatro niveles y qué significan
El artículo 5 los enumera en este orden: Desempeño Superior, Desempeño Alto, Desempeño Básico y Desempeño Bajo.
De los cuatro, el decreto solo define dos, y son justamente los que importan para la promoción. Desempeño básico es «la superación de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y fundamentales», tomando como referente los estándares básicos, las orientaciones del Ministerio y lo establecido en el proyecto educativo institucional. Desempeño bajo es la no superación de los mismos.
Esa frontera entre básico y bajo no es un número arbitrario en una tabla de configuración: es el umbral de aprobación de tu colegio. Superior y alto, en cambio, los gradúa cada institución según su criterio, porque el decreto no los define.
Conviene tenerlo presente al configurar: si alguien en tu equipo mueve el límite inferior del nivel básico «para que cuadre», está moviendo el criterio de aprobación de la institución, no un parámetro técnico.
Qué debe permitirte configurar el software
Tres cosas, y las tres tienen que ser tuyas, no del proveedor.
Los rangos de tu escala. Cuántos valores, con cuántos decimales y con qué límites. Una escala de 1.0 a 5.0 con un decimal es lo común, pero una institución con escala de 1 a 10 o con una escala cualitativa cumple igual el decreto, siempre que publique la equivalencia.
El mapeo a los cuatro niveles. Es una configuración distinta de la anterior y conviene no confundirlas. Define qué rango de tu escala corresponde a cada nivel nacional. Este mapeo es lo que debe aparecer en el boletín junto a la valoración institucional.
Las reglas de redondeo. Aquí está el detalle que más silenciosamente daña un cierre de período, y lo tratamos aparte porque merece su propia sección.
Si cualquiera de las tres exige un ticket al proveedor, cada ajuste de tu SIEE se convierte en un proyecto. Cómo hacer esta parametrización paso a paso está en cómo configurar tu SIEE en una plataforma escolar.
Cómo se ve una equivalencia bien hecha
Una tabla de equivalencia típica de un colegio con escala de 1.0 a 5.0 se ve así. Los rangos son de ejemplo: los tuyos los define tu SIEE.
| Escala institucional | Nivel nacional | Significado |
|---|---|---|
| 4.6 – 5.0 | Desempeño Superior | Lo gradúa la institución |
| 4.0 – 4.5 | Desempeño Alto | Lo gradúa la institución |
| 3.0 – 3.9 | Desempeño Básico | Definido por el decreto: supera los desempeños necesarios |
| 1.0 – 2.9 | Desempeño Bajo | Definido por el decreto: no los supera |
Fíjate en la asimetría: las dos filas de abajo tienen significado normativo y las dos de arriba no. Por eso mover la frontera de 3.0 es una decisión de calado —cambia quién aprueba en tu colegio— mientras que mover la de 4.6 solo redistribuye reconocimiento.
Y no hay obligación de usar cuatro tramos numéricos: una institución que evalúe de forma cualitativa en primaria cumple igual, siempre que publique a qué nivel nacional corresponde cada categoría suya.
Áreas y asignaturas: la agregación que nadie configura
Aquí hay un detalle que se pasa por alto y que decide promociones.
El artículo 5 define el desempeño básico «en relación con las áreas obligatorias y fundamentales». Pero la mayoría de colegios evalúa por asignatura, y varias asignaturas pueden componer un área. La pregunta que casi ninguna plataforma resuelve explícitamente es: ¿cómo se agrega la valoración de las asignaturas para dar la del área?
Las opciones habituales dan resultados distintos para el mismo estudiante: promedio simple de las asignaturas, promedio ponderado por intensidad horaria, o la regla de que basta con reprobar una asignatura para reprobar el área.
Ninguna es «la correcta» según el decreto — el decreto no lo aborda. La correcta es la que diga tu SIEE. Lo que sí es un problema es que la plataforma aplique una por defecto sin que nadie la haya elegido, porque esa decisión silenciosa determina qué estudiantes quedan con desempeño bajo en un área.
Prueba para la demo: «Tengo un área con tres asignaturas y el estudiante reprueba una. Muéstreme cómo queda el área, y dónde configuro esa regla.»
Cómo se conecta esto con los criterios de promoción lo desarrollamos en promoción y reprobación: cómo automatizar las reglas de tu SIEE.
El redondeo: lo que el decreto no dice
Busca «redondeo» en el Decreto 1290 y no vas a encontrar nada. El decreto no define cómo se redondea una nota, cuántos decimales conserva un cálculo intermedio ni qué pasa con un valor que cae exactamente en la frontera entre dos niveles.
Eso significa que la regla la define tu SIEE. Y si tu SIEE no la define explícitamente, la define el software —por omisión, sin que nadie lo decida.
El caso que lo hace concreto: un estudiante con definitiva calculada en 2.95, en un colegio donde el nivel básico empieza en 3.0. ¿Aprueba? Depende de si el sistema redondea a un decimal antes de comparar (2.95 → 3.0, aprueba) o compara el valor crudo (2.95 < 3.0, reprueba). Es la diferencia entre promover y no promover a un estudiante, decidida por una convención de implementación que nadie escribió.
Preguntas para la demo, en este orden: ¿con cuántos decimales se guarda cada nota individual? ¿Con cuántos se hace el cálculo intermedio? ¿En qué momento se redondea, antes o después de aplicar la ponderación? ¿Y qué pasa con un valor en la frontera exacta?
Si el proveedor no tiene respuestas precisas a las cuatro, no es que el software esté mal: es que nadie ha decidido, y la decisión la va a tomar el código.
Cómo se ve en el boletín
El boletín debe mostrar las dos lecturas: tu valoración institucional y su equivalencia nacional. No es un capricho de formato — es lo que hace operativo el propósito del artículo 5, que un colegio receptor pueda interpretar el desempeño de un estudiante que se traslada.
Un boletín que solo imprime «3.8» obliga al colegio receptor a adivinar si eso es alto o básico en tu institución. Uno que imprime «3.8 — Desempeño Alto» resuelve el problema que el decreto quiso resolver.
Los demás requisitos que el 1290 impone al boletín están en software de boletines que cumple el Decreto 1290, y cómo se describen los desempeños en el informe, en indicadores de logro y por qué tu plataforma debe gestionarlos. Si estás comparando proveedores desde cero, el panorama completo está en mejor software de gestión escolar para colegios en Colombia.
Preguntas frecuentes
¿Podemos usar una escala distinta de 1.0 a 5.0? Sí. El artículo 5 deja que cada establecimiento defina y adopte la suya. La condición es que exprese su equivalencia con los cuatro niveles nacionales.
¿El decreto define dónde empieza el desempeño alto? No. Solo define qué significan básico y bajo. Dónde termina alto y empieza superior lo decide cada institución en su SIEE.
¿Qué pasa si dos colegios usan rangos distintos para el mismo nivel? Es esperable y el decreto lo contempla: por eso existe la equivalencia. Un 4.0 puede ser alto en un colegio y básico en otro; lo que viaja entre instituciones es el nivel, no el número.
¿La escala se puede cambiar a mitad de año? Cambiar la escala es modificar el SIEE, y eso tiene procedimiento propio en el artículo 8: definirlo, socializarlo, aprobarlo en sesión del consejo directivo con consignación en acta, incorporarlo al PEI y divulgarlo. Técnicamente el software debería permitirlo; en la práctica conviene hacerlo entre años lectivos.
Fuente normativa: Decreto 1290 de 2009, Ministerio de Educación Nacional de Colombia. Artículos citados verificados sobre el texto oficial el 3 de agosto de 2026.
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